La reforma aprobada por unanimidad obliga a los Órganos Internos de Control a presentar oportunamente sus informes ante los Cabildos y estab...
La reforma aprobada por unanimidad obliga a los Órganos Internos de Control a presentar oportunamente sus informes ante los Cabildos y establece responsabilidades por divulgar información reservada.
Culiacán, Sinaloa.– Los Órganos Internos de Control de los Ayuntamientos de Sinaloa tendrán un plazo máximo de 30 días hábiles para presentar ante los Cabildos los informes de las revisiones y auditorías realizadas a la administración municipal, luego de que el Congreso del Estado aprobara por unanimidad una reforma a la Ley de Gobierno Municipal.
La modificación legislativa, avalada este jueves por las diputadas y diputados de la 65 Legislatura, busca fortalecer la vigilancia sobre el manejo de los recursos públicos municipales y establecer mayores responsabilidades en el resguardo de la información obtenida durante los procesos de fiscalización.
La iniciativa fue presentada por el diputado de Morena, Eligio López Portillo, y contempla cambios a los artículos 67 Bis I, fracción III, y 67 Bis J de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa.
Con la reforma al artículo 67 Bis I, los Órganos Internos de Control deberán entregar al Cabildo los resultados de las revisiones y auditorías destinadas a verificar la correcta y legal aplicación de los recursos y bienes municipales.
El plazo máximo será de 30 días hábiles, contados a partir de la emisión de los informes correspondientes, con la finalidad de que las autoridades municipales conozcan oportunamente las observaciones detectadas durante las revisiones.
La medida pretende evitar retrasos en la comunicación de los resultados de las auditorías y facilitar que los gobiernos municipales cuenten con información para atender posibles irregularidades administrativas o financieras.
Por otra parte, la modificación al artículo 67 Bis J refuerza las obligaciones de confidencialidad de los servidores públicos adscritos a los Órganos Internos de Control, así como de los profesionales externos contratados para realizar auditorías.
La disposición establece que deberán guardar estricta reserva sobre los documentos, información, actuaciones y observaciones a los que tengan acceso durante el ejercicio de sus funciones.
Además, incorpora expresamente que quienes incumplan esta obligación serán responsables conforme a las disposiciones legales aplicables por la violación de dicha reserva.
Con ello, el Congreso busca fortalecer la protección de los datos y documentos que forman parte de los archivos municipales, particularmente aquellos relacionados con procedimientos de revisión y fiscalización.
La reforma establece así dos obligaciones para los órganos encargados de vigilar el ejercicio de los recursos municipales: informar dentro de un plazo definido y proteger la información obtenida durante las auditorías.
Su aplicación representará un ajuste en los procedimientos internos de los Ayuntamientos de Sinaloa, donde los órganos fiscalizadores deberán cumplir con los tiempos establecidos y mantener la reserva legal de los expedientes bajo su responsabilidad.
El alcance de la modificación no se limita a acelerar la entrega de informes, sino también a precisar las responsabilidades de quienes tienen acceso a información sensible durante las investigaciones administrativas.
La eficacia de estas disposiciones dependerá de su cumplimiento en los municipios, donde la fiscalización debe traducirse en información oportuna para los Cabildos y en acciones que permitan corregir las irregularidades detectadas.
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