El tribunal internacional concluyó que la mujer indígena náhuatl fue agredida por militares en 2007 y que el Estado falló en la atención m...
El tribunal internacional concluyó que la mujer indígena náhuatl fue agredida por militares en 2007 y que el Estado falló en la atención médica, la investigación y el acceso a la justicia.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió este martes una sentencia en la que declaró al Estado mexicano responsable a nivel internacional por la violación sexual, tortura y posterior muerte de Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena náhuatl monolingüe de 73 años, ocurrida en 2007 en la Sierra de Zongolica, Veracruz.
De acuerdo con la resolución, Ascencio, habitante de la comunidad de Tetlalzinga, fue violada por integrantes del Ejército mexicano el 25 de febrero de 2007, un día después de que se instalara un campamento militar cercano a su vivienda como parte de la estrategia federal de combate al narcotráfico implementada desde 2006.
La Corte determinó que la agresión sexual constituyó un acto de tortura, al haber sido intencional, causar severos sufrimientos físicos y mentales y tener como propósito intimidar, degradar y humillar a la víctima. El fallo establece que la violación, las graves lesiones y la falta de atención médica adecuada provocaron su muerte.
Tras la agresión, Ernestina fue trasladada por sus familiares durante aproximadamente 10 horas en busca de atención médica, hasta ser recibida en el Hospital Regional de Río Blanco, donde falleció el 26 de febrero de 2007, antes de ser intervenida quirúrgicamente. La Corte concluyó que el Estado violó su derecho a la salud, al no garantizar una atención accesible, disponible y de calidad, y subrayó que el hospital no contaba con intérpretes de náhuatl, lo que obstaculizó la comunicación.
El tribunal también señaló el incumplimiento del deber de investigar con debida diligencia reforzada, así como la negación del acceso a la justicia en condiciones de igualdad a los hijos de la víctima. La sentencia destaca que la investigación careció de perspectiva de género, étnica y etaria, fue cerrada prematuramente y se basó en estereotipos que fueron replicados incluso por altas autoridades del Gobierno mexicano, lo que generó un ambiente de descreimiento hacia las declaraciones de la víctima y su familia.
Como medidas de reparación, la Corte IDH ordenó al Estado mexicano realizar una investigación penal exhaustiva y seria para identificar, procesar y sancionar a los responsables; fortalecer el Centro de Atención Especializada de Soledad Atzompa; y crear un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas para los sistemas de salud y justicia, entre otras acciones.
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