Por unanimidad el Pleno de la LX Legislatura aprobó el dictamen sobre la Ley del Periódico Oficial el Estado de Sinaloa, norma jurídica ah...
Por unanimidad el Pleno de la LX Legislatura aprobó el dictamen sobre la Ley del Periódico Oficial el Estado de Sinaloa, norma jurídica ahora elevada a ley, misma que tiene como propósito organizar y regular el funcionamiento y las publicaciones del Periódico Oficial en el Estado de Sinaloa, otorgándole de esta manera certeza jurídica a la ciudadanía de que su actividad estará apegada a derecho
El nuevo ordenamiento jurídico también señala, entre otros aspectos, la forma de divulgación en medios electrónicos, en virtud de que es necesario abonar para que este medio de difusión se adecue a las necesidades actuales surgidas a partir del nuevo panorama tecnológico.
Marca cuáles son los textos a publicarse en el Periódico Oficial: todas las normas generales expedidas por el Congreso del Estado; los decretos y acuerdos que expida el Congreso cuando se ordene su publicación en dicho medio; leyes y decretos o acuerdos expedidos por el Congreso a los cuales el Ejecutivo del Estado no pueda hacer observaciones; decretos, reglamentos y acuerdos administrativos expedidos por el Gobernador del Estado; los acuerdos y convenios del Ejecutivo que sean de interés general o que por su importancia así lo dispongan y los que, por así establecerse en los mismos, deban sr publicados: los acuerdos y circulares de las dependencias de la administración pública estatal, paraestatal y órganos autónomos que en el texto de los mismos así se determinen o sean de interés general, entre otros.
Además con esta legislación se contribuye a la consolidación del órgano oficial de difusión del Estado, en un marco de mayor certeza jurídica, garantizando la fidelidad de la publicación.
La Ley del Periódico Oficial del Estado de Sinaloa consta de Cinco Capítulos que engloban Veintisiete Artículos así como Cuatro Transitorios.
Aprueban reformas a la Ley de Ingresos del municipio de Culiacán para el Ejercicio Fiscal 2011
Por unanimidad del Pleno, se aprobó la reforma a la Ley de Ingreso del Municipio de Culiacán para el Ejercicio Fiscal del año 2011, para efecto de realizar las adecuaciones necesarias que permitan la total aplicación del crédito de 498 millones 895 mil 395 pesos, esto porque no ejercicio en su totalidad los recursos autorizados.
Dicho reforma se aprobó para realizar adecuaciones al texto de la Ley, por situaciones de carácter contable, toda vez que el ingreso por el crédito impactará a los ingresos extraordinarios que recibirá el municipio de Culiacán, en el año 2012, ya que dicho endeudamiento no se concretó totalmente en el año 2011 y por lo tanto, material y jurídicamente el no ejercido será un ingreso que debe ser contemplado en la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal del Año 2012.
En el presente ejercicio se dispusieron de 353 millones 895 mil 395 pesos, por lo que el resto 145 millones serán ejercidos en el próximo año, mismos que se contemplarán en la Ley de Ingresos respectiva, a efecto de respetar el principio de equilibrio financiero, que establece el artículo 28 fracción IV de la Ley de Gobierno Municipal.
Conoce el Pleno dictamen sobre reformas a la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado, para el ejercicio fiscal 2011
Con el propósito de realizar las adecuaciones necearías que permitan la total aplicación del crédito autorizado por esta Soberanía en Julio último –de dos mil seiscientos millones de pesos-, y en donde se asienta que a la fecha sólo se han ejercido 446 millones 333 mil 333 pesos-, por lo que el resto, dos mil ciento sesenta y seis millones, seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos, habrán de ejercerse en el ejercicio fiscal del próximo año.
Así lo establece el dictamen emitido por la Comisión de hacienda pública y Administración, sobre la iniciativa envida a esta Soberanía por el titular del Poder Ejecutivo, para reformar la citada Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal del presente año.
Tras ser del conocimiento de los legisladores, se turnó a la Secretaría para la segunda lectura de Reglamento.
Ampliación de los periodos ordinarios de sesiones, instalación de Legislatura en el mes de Octubre; mayor dinámica de trabajo al Poder Legislativo
La ampliación de los periodos ordinarios de sesiones en el Congreso del Estado, que empezarían el 1º de Octubre y concluirá el 31 de Enero del año siguiente; y el segundo se abrirá el 1º de Abril y concluirá el 31 de Julio inmediato, con lo que se dota al Poder Legislativo de una mayor dinámica de trabajo, son algunos de los aspectos planteados en el dictamen sobre reformas a la Constitución Política del Estado de Sinaloa, en materia de modernización del Poder Legislativo.
Así lo plantea la Comisión de puntos Constitucionales y Gobernación sobre las iniciativas presentadas por los Grupos Parlamentarios del PRI, PAN y PRD, así como del Diputado Manuel Cárdenas Fonseca, del Partido Nueva Alianza, sobre reformas al texto constitucional local en el ámbito legislativo.
Las reformas presentadas señalan que el Congreso del Estado se instalará el 1º de Octubre del año que corresponda a la elección del mismo, y tendrá dos periodos de sesiones. El primero iniciará el 1º de Octubre y concluirá el 31 de Enero del siguiente año, y el segundo se abrirá el 1º de Abril y concluirá el 31 de Julio inmediato.
También faculta al órgano fiscalizador para presentar las denuncias o querellas que correspondan ante la Procuraduría General de Justicia del Estado, o ante los órganos de control interno de los Poderes del Estado o de los municipios, según el caso, cuando en la revisión de una cuenta pública o de la información sobre aplicación de recursos de cualquier ente fiscalizable, se encuentren irregularidades o hechos que hagan presumir la existencia de delitos o que impliquen responsabilidades de cualquier tipo.
Faculta también al Congreso a la elección de los Magistrados del Supremo Tribual de Justicia y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, mediante los procedimientos que la Constitución y las leyes respectivas señalan.
Nombrar a propuesta del Órgano de Gobierno, a los servidores públicos del Congreso del Estado hasta el nivel de Director; recibirles la protesta de Ley, removerlos y concederles licencia.
Se refiere también a las iniciativas preferentes y en este sentido señala “por cada periodo ordinario de sesiones, el Gobernador podrá presentar hasta dos iniciativas con el carácter de preferente, que deberán ser votadas por el Pleno del Congreso en un término máximo de diez días naturales”
Para que la iniciativa con este carácter sea rechazada en lo general o modificada en lo particular, se requerirá el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso presentes al momento de la votación.
Aclara también que no podrán tener el carácter de preferente, las iniciativas que el titular del Ejecutivo presente en materia presupuestal, al sistema electoral y de partidos, ni modificaciones constitucionales.
En otra parte, también señala que cada Grupo Parlamentario con apego a la ley, podrá presentar una iniciativa con el carácter de preferente por cada periodo de ejercicio constitucional. No podrán tener ese carácter, las iniciativas que los Grupos Parlamentarios o Diputados sin grupo, presenten en materia presupuestal, al sistema electoral y de partidos, ni modificaciones constitucionales.
Por lo que hace al a elección de los Magistrados del Tribunal de lo Contenciosos Administrativo, señala que serán elegidos por el Congreso, de una terna formada mediante el procedimiento que establezca la ley.
En el Artículo Segundo Transitorio precisa que, “para efecto de posibilitar la nueva fecha de instalación del Congreso del Estado, prevista en el artículo 36 de la Constitución Política, los Diputados de la LXI Legislatura serán elegidos para un periodo de dos años y diez meses, por lo que por única ocasión iniciarán sus funciones el 1º de Diciembre de 2013 y las concluirán el 30 de Septiembre de 2016.”
El Tercero Transitorio también aclara: “por única ocasión, durante el primer año de ejercicio constitucional de la LXI Legislatura, el primero periodo ordinario de sesiones iniciará el primero de Diciembre de 2013 y terminará el 31 de Enero de 2014; y el segundo periodo ordinario empezará el primero de Abril y concluirá el 31 de Julio de 2014.
El primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de ejercicio iniciará el primero de Octubre de 2014 y a partir de esa fecha se ajustarán los periodos de sesiones al nuevo texto del artículo 36 de la Constitución Política del Estado, reformado con este decreto”.
El dictamen se remitió a la Secretaría para la segunda lectura de reglamento.
Reciben primera lectura dictámenes de Guasave, Navolato y El Fuerte, sobre empréstitos diversos
En otro orden, también se conocieron en esta sesión ordinaria, los dictámenes sobre iniciativas de los ayuntamientos de Guasave, Navolato y El Fuerte, en que solicitan autorización para la contratación de empréstitos que destinarán, de aprobarse por esta Soberanía, a obra pública en sus respectivos municipios.
El ayuntamiento de Guasave, solicita contratar un crédito por 70 millones de pesos, los que serán destinados a la ejecución de diez obras, tanto en la cabecera municipal como en algunas sindicaturas; obras que, por otra parte, están centradas en dotar de plantas tratadoras de agua, construcción de sistemas de agua potable, perforación de pozos profundos, entre otras.
De la misma forma, también del mismo municipio, se conoció el dictamen sobre la iniciativa en que solicita autorización para contratar otro crédito, éste por la cantidad de 50 millones de pesos, los que también se destinarán a financiar la obra pública tanto en la cabecera municipal como en las sindicaturas de Juan José Ríos, Las Glorias, entre otros puntos del municipio.
Enseguida, la relativa a la so licitud del Ayuntamiento de Navolato, para contratar 42 millones 185 mil 637 pesos y que se destinará a financiar inversión pública productiva como es la pavimentación, construcción de Centro de Barrio en San Pedro, otro más en Villa Benito Juárez, en su primera etapa, entre otras.
Por último, se conoció el dictamen sobre la solicitud de El Fuerte, por veinte millones de pesos, para financiar obra pública y adquisiciones, básicamente tractores, tracto camiones. A estos dictámenes se les remitió a la Secretaría para la segunda lectura de reglamento.
Primera lectura al dictamen sobre iniciativas que propone gravarán los Municipios las rifas, sorteos, loterías y juegos permitidos
La posibilidad de que los ayuntamientos graven “por remates no judiciales, subastas, rifas, sorteos, loterías y juegos permitidos fue planteada a través del dictamen que presentó la Comisión de Hacienda Pública y Administración, en base a dos iniciativas: la del Grupo Parlamentario del PRD y la del Diputado Luis Antonio Cárdenas Fonseca, para adicionar la Ley de Hacienda Municipal del Estrado de Sinaloa”, con la finalidad, ambas, de incluir el impuesto por la realización de juegos con apuestas y sorteos.
En las consideraciones expuestas por la Comisión, señala “esta Comisión considera pertinente el establecimiento del Impuesto por la Realización de Juegos con Apuestas y Sorteos a favor del fortalecimiento de las finanzas municipales”.
También asienta que la propuesta del impuesto va destinado para los establecimientos que son los que realizan los juegos con apuestas y sorteos.
La reforma al Artículo 17 de la cita ley, señala:
“Será base para el pago de este impuesto, en caso de remates no judiciales y subasta pública, el valor total de los bienes; en caso de premisos obtenidos, el valor determinado o determinable que se obtenga del premio correspondiente a cada billete o boleto, sin deducción alguna. Tratándose de premios en especie, será base del impuesto, el valor con el que se promocione cada uno de los premios, en su defecto, el valor de facturación y en ausencia de ambos, el de avalúo comercial”.
Explica que en el caso de los realizadores de juegos de apuestas y sorteos a que hace referencia la fracción III del artículo 15, se considerará como valor el total de las cantidades efectivamente percibidas de los participantes por dichas actividades. En los juegos o sorteos en los que se apueste, se considerará como valor el monto total de las apuestas. Tratándose de los juegos o sorteos en los que la apuesta se realice mediante fichas, tarjetas, contraseñas o cualquier otro comprobante, así como a través de bandas magnéticas, dispositivos electrónicos u objetos similares, que se utilicen para apostar en sustitución de cantidades de dinero y sean aceptadas para estos fines por la persona que realice el juego o sorteo de que se trate, se considerará como valor el total de las cantidades equivalentes en moneda nacional que amparen dichos medios.
Establece que los responsables de la realización de los remates no judiciales, subastas, rifas, sorteos, loterías y juegos permitidos, tienen obligación de dar aviso de tales actos a la Tesorería Municipal con cinco días de anticipación, cuando menos a la celebración de los mismos con el propósito de que la autoridad fiscal, fije el impuesto correspondiente, así como para que se designe al interventor que habrá de representarlo.
Por lo que hace a quiénes quedan exentos de cubrir este impuesto, el dictamen lo señala quedan exentos del pago de este impuesto, los partidos políticos y los organismos públicos federales, estatales y municipales.
El dictamen se remitió a la Secretaría para la segunda lectura de Reglamento.
Conoce el Pleno dictamen sobre reformar a la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Sinaloa
Del mismo modo recibió primera lectura el dictamen sobre reformas a la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Sinaloa, en materia de incrementar las participaciones a los municipios; dictamen surgido de las iniciativas de los Diputados Manuel Cárdenas Fonseca, del Partido Nueva Alianza, y de Rosa Elena Millán bueno y Luis Antonio Cárdenas Fonseca
La Comisión de Hacienda Pública y Administración concluyó que es procedente reformar el artículo 3º de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Sinaloa, a efecto de que se incremente el monto del Fondo Municipal de Participaciones de 20 a 22 por ciento en virtud de que representa la principal fuente de recursos para los municipios y adicionar los artículos 3º Bis, 3º Bis A, 30 Bis B y 3º Bis C a la Ley de referencia, con la finalidad de crear el Fondo Estatal de Participaciones con los recursos propios del gobierno del estado, el cual estará integrado con:
El 20 por ciento del monto de los ingresos totales que recaude el Estado por concept o del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos; y
El 20 por ciento del monto de la recaudación Estatal que se obtenga por concepto del Impuesto sobre adquisición de vehículos de motor usado”.
Lo anterior, añade, con la finalidad de incentivar la recaudación del Impuesto Predial y las cuotas por suministro de agua por parte de los Municipios.
La reforma al artículo 3º y la forma en que es propuesto por la Comisión dictaminadora señala:
El Fondo Municipal de Participaciones se integrará por:
El 22 por ciento de los recursos que perciba el Estado procedente del fondo General de Participaciones.
El 100 por ciento del Fondo de Fomento Municipal.
El 22 por ciento de la participación que le corresponda al Estado, de la recaudación que se obtenga del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios en cerveza, bebidas refrescantes, alcohol, bebidas alcohólicas fermentadas, bebidas alcohólicas y tabacos labrados.
El 22 por ciento de la recaudación que se obtenga por el Impuesto sobre Automóviles Nuevos.
El 22 por ciento de la recaudación que del Fondo de Fiscalización corresponda al Estado.
El 22 por ciento de las participaciones recibidas por el Estado por concepto del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios sobre venga de diesel y gasolina”.
También en el artículo 3º Bis se asienta:
Con el propósito de fortalecer las haciendas públicas municipales, incentivar la recaudación del Impuesto Predial y las cuotas por suministro de agua por parte de los municipios, se constituye el Fondo Estatal de Participaciones con los recursos propios del gobierno del estado siguientes:
El 20 por ciento del monto de los ingresos totales que recaude el estado por concepto del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.
El 20 por ciento del monto de la recaudación estatal que se obtenga por concepto del Impuesto sobre adquisición de vehículos de motor usado.”.
Es de destacar que el fondo estatal se distribuirá entre los municipios conforme a lo señalado en el artículo Cuarto, para el Fondo Municipal de Participaciones.
También señala que el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas, calculará y pagará las participaciones estatales que correspondan a los municipios, en las formas y plazos conforme a los cuales efectúa el pago de las participaciones federales; conmina al Ejecutivo estatal a que quince días después de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publique en el Diario Oficial de la Federación el calendario de entrega, porcentajes, fórmulas y variables utilizadas, deberá publicar en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”, los datos aquí referidos, de las participaciones que el Estado recaba y de las que tenga obligación de participar a sus municipios. También deberá publicar trimestralmente el importe de las participaciones entregadas y, en su caso, el ajuste realizado al término de cada ejercicio fiscal.”
El dictamen se remitió la Secretaría para la segunda lectura de Reglamento.
Se manifiesta en contra del paquete económico para 2012 el Diputado Manuel Cárdenas Fonseca
Al manifestarse en contra del paquete económico presentado por el Ejecutivo del Estado para el ejercicio fiscal del próximo año, el Diputado Manuel Cárdenas Fonseca precisó:
Consideró que el paquete que manda el Gobernador, “viene mal”, señaló que “hace casi un año, dijimos que deberá venir en los términos que regulan la materia: constitución, ley de deuda, y no lo hicieron”. “Si vemos lo que hoy nos llegó, creo que es la cuarta vez a modificar de tantos oficios que nos mandan, respecto al paquete de ingresos y egresos para el 2012, y hoy nos hablan del tema. Y la información que nos hacen llegar, otra vez, nos dan información, que si bien no se pidieron copiar certificadas u originales, no traen firmas de Armando Villarreal. Qué fácil es embarcarlo a cada rato, al gobernador, pero allá él, porque es potestad aguantarlos”. Pero adicionalmente a ello, y las tantas veces que nos han pedido se reforme sus proyecciones de ingresos, hoy están haciendo lo mismo los ayuntamientos.
Al referirse a las solicitudes de crédito presentadas por tres ayuntamientos expreso “parece que no se dan cuenta que la crisis económica en el mundo está basada en el endeudamiento. La crisis que nos arrastra, porque eso le pone un valor en el mercado, afecta que la tasa pasiva, la de nuestros ahorros, vaya a la baja”.
Nueva alianza, dijo pide el trato equitativo en apego a la ley, y en contadas excepciones se ha hecho. “Falta de ética, no sé, discrecionalidad en el juicio, rasero diferente, posturas responsables o irresponsable, cada uno se contestará. Y si nos vamos a la tantas veces modificada propuesta del Ejecutivo, cuidado. Hay eventos que ojalá y la Comisión dictaminadora los observara”.
Por su parte, al tocar el tema del presupuesto de agricultura, el Diputado Jesús Manuel Patrón Montalvo, dijo que hay una disminución en la partida presupuestaria en donde en números concretos, el año pasado, tanto en el presupuesto estatal y el federal, “las partidas fueron mil 309 millones. Hoy, son 718 millones, hay una disminución de 591 millones de pesos ya conocidos. De esos 498 millones hoy 356, es decir 142 millones de pesos menos”.
También sobre el particular, el Diputado Rosendo Camacho señaló que año con año se da la discusión del presupuesto, “y viendo que en el tema agrícola y sobre todo pensar que Sinaloa es un estado meramente agrícola y que los productores ven con ansias que cuando se presenta el presupuesto y se discute, creen ellos, pescadores y ganaderos, que es en el Congreso se le busque y se dejen recursos, se etiqueten recursos que vayan más allá y mejoren las diferentes actividades en las cuales representan en el presupuesto esa área”.
Increíble, dijo, pensar que en el presupuesto agrícola, ganadero y pequero, venga una reducción. No es posible hablar de decrementos cuando se tienen que esperar incrementos y que vino a pegar en programas que se presumen tanto en las diferentes Cámaras y gobiernos, sobre cómo ser mejores en el campo y la reducción es de hasta en un cincuenta por ciento.los que integramos la Comisión de Asuntos Agropecuarios, estamos obligados a defender las actividades que son locomotoras, las que hacen que camine Sinaloa y por lo que nos pronunciamos por no estar de acuerdo en la reducción, en la presentación del presupuesto, que para mí en lo personal, tiene que ver en el planteamiento que hace el ejecutivo en donde aparece en el área ganadera ceros, y que afecta.
Se pronunció por la creación de un fondo o fideicomiso que proteja a miles de hectáreas y productores de Sinaloa que por diferentes razones están fuera de cualquier tipo de financiamiento, y que incluso, quienes lo tiene, atraviesan la dificultad para pagar la prima de aseguramiento, con lo que se deja desprotegidos a los productores agrícolas.
Por último, se citó a sesión pública extraordinaria para este miércoles 21 de Diciembre a la hora de Reglamento.