El Pleno de la LX Legislatura del Congreso del Estado, aprobó por mayoría el dictamen a la iniciativa para modificar la Ley de Hacienda de...
El Pleno de la LX Legislatura del Congreso del Estado, aprobó por mayoría el dictamen a la iniciativa para modificar la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa presentada por el Ejecutivo del Estado, para establecer el pago del impuesto estatal sobre el uso y tenencia de vehículos, con una vigencia a partir del primero de enero y hasta el 31 de diciembre de 2012.
Durante la discusión del dictamen la Comisión Hacienda Pública y Administración, acepto la propuesta del Diputado Manuel Cárdenas Fonseca, Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, para que se eliminara el párrafo segundo del Artículo 11, que establecía que el pago del impuesto de la Tenencia podría “realizarse de manera simultánea con los derechos por los servicios de control vehicular establecidos en esta Ley”.
Asimismo la Comisión de propuso la modificación del Artículo Primero Transitorio del Decreto para que quedara en los términos siguientes:
“Artículo Primero. La vigencia del presente Decreto será del 1° de enero al 31 de diciembre del año 2012, previa su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”
El Diputado Moisés Aarón Rivas Loaiza, Presidente de la Comisión de Hacienda y Administración Pública, expresó que se aprobó el impuesto sobre la Tenencia con la finalidad de no afectar las finanzas de los municipios; ya que dijo el impacto en las participaciones municipales habría sido de cien millones de pesos.
Explicó que el subsidio para los contribuyentes en relación con el impuesto sobre la tenencia será de 280 millones de pesos; aclaró que este impuesto será cubierto únicamente por las personas Morales y personas Físicas con actividad empresarial; las personas Físicas bajo el régimen de honorarios pagarán el impuesto cuando sus ingresos sean mayores a 350 mil pesos.
No pagaran el impuesto las personas Físicas que reciban ingresos por honorarios y estos sean considerados como asimilables a salarios, cuyos ingresos en 2010 no hayan sido mayores a 350 mil pesos y que no tengan ninguna otra actividad que les genera ingresos, asimismo las personas Físicas con actividad de arrendamiento de inmuebles que no manejen contabilidad y que utilicen una llamada “Deducción Ciega”, además de que sus ingresos no rebasen los 350 mil pesos.
Tampoco pagaran el impuesto sobre Tenencia los integrantes de las sociedades cooperativas de producción pesquera, cuando sus ingresos no sean mayores a 40 salarios mínimos generales elevados al año; no pagaran tampoco las mujeres productivas agrupadas en labores campesinas y los integrantes de las sociedades de producción rural cuando sus ingresos no rebasen los 40 salarios mínimos generales elevados al año.
Rivas Loaiza, señaló que todos estos beneficios son adicionales a los que estaban en el 2011; dijo que durante el año 2011 se beneficiaron 113 mil propietarios de vehículos, para el año 2012 se tiene previsto que con esta reforma se verán beneficiados 183 mil ciudadanos. Agregó que solicitarán al Gobierno del Estado, que emita a la brevedad las reglas de operación del subsidio.