Pagos fuera de plazo generarán intereses de hasta 2.07% mensual, además de multas y actualizaciones El Servicio de Administración Tributaria...
Pagos fuera de plazo generarán intereses de hasta 2.07% mensual, además de multas y actualizaciones
El Servicio de Administración Tributaria advirtió que los contribuyentes que no cumplan en tiempo con sus obligaciones fiscales durante abril de 2026 deberán cubrir recargos, conforme a lo establecido en la Ley de Ingresos de la Federación vigente.
En el contexto de la declaración anual de personas físicas, que se presenta del 1 al 30 de abril, la autoridad fiscal señaló que los pagos fuera de plazo no solo generan sanciones, sino también la actualización de los adeudos y el cobro de intereses, lo que incrementa el monto a pagar.
Este escenario se presenta con un aumento en las tasas de recargos respecto al año anterior, lo que encarece el incumplimiento de las obligaciones fiscales.
Los recargos aplican tanto a personas físicas como morales que no liquiden sus impuestos en los plazos establecidos. En abril, el enfoque principal está en las personas físicas obligadas a presentar su declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
De acuerdo con la normativa, los recargos funcionan como un interés que se cobra por el retraso en el pago de contribuciones, con el objetivo de compensar al Estado por la falta de disponibilidad de esos recursos.
Entre los contribuyentes que pueden verse afectados se encuentran quienes perciben ingresos por honorarios, actividades empresariales, arrendamiento, intereses o dividendos, y que no cumplan con la presentación o el pago oportuno.
Para 2026, la tasa de recargos por mora se fijó en 2.07 por ciento mensual, lo que representa un incremento significativo frente al 1.47 por ciento registrado en 2025, elevando el costo de los adeudos conforme pasa el tiempo.
Además, existen otras tasas aplicables dependiendo del esquema de pago: 1.38 por ciento mensual en casos de prórroga, y entre 1.42 y 1.97 por ciento mensual cuando se autorizan pagos en parcialidades, según el plazo establecido.
Estos cargos se generan automáticamente a partir del primer día de atraso, una vez vencido el plazo del 30 de abril, y son calculados a través de los sistemas del SAT disponibles en su portal oficial.
Los recargos se suman a otros conceptos como multas por incumplimiento y la actualización de montos conforme a la inflación, lo que incrementa el impacto económico total del adeudo.
Ante este panorama, el SAT mantiene un programa de regularización fiscal que permite a ciertos contribuyentes acceder a reducciones de hasta el 100 por ciento en multas, recargos y gastos de ejecución, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
No obstante, especialistas recomiendan cumplir en tiempo y forma para evitar cargos adicionales y complicaciones fiscales.
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