Primera lectura recibió la iniciativa de reformas a la Constitución Política del Estado de Sinaloa, presentada por el Grupo Parlamentario ...
Primera lectura recibió la iniciativa de reformas a la Constitución Política del Estado de Sinaloa, presentada por el Grupo Parlamentario del PRI, misma que tiene como propósito dotar de mayores facultades al Poder Legislativo a partir del establecimiento de nuevos elementos de control del ejercicio del Poder.
En dicha iniciativa se propone modificar 37 artículos y la adición de 21 más, buscando un marco constitucional y legal que garantice el funcionamiento de un sistema de controles y contrapesos que permita un adecuado ejercicio de las facultades que corresponden a los tres Poderes.
Entre otros temas destacan en la iniciativa la reducción de cinco años, en lugar de diez, el tiempo de residencia exigible como requisito de vecindad para ser Diputado; la disminución a 18 años, y no los 21 actuales señalados, como edad mínima para ser Diputado.
Cambiar la fecha de instalación de la Legislatura para el 1º de Octubre en lugar del 1º de Diciembre como es en la actualidad, con esta modificación, se reducirá a tres meses el lapso de casi cinco meses que actualmente existe entre la elección y la toma de protesta de los Diputados; con ello, también se modifican los dos periodos de sesiones, extendiendo a cuatro meses la duración del segundo; por ello, proponen que el primero se abra el 1º de Octubre y concluya el 31 de Enero del año siguiente, en tanto que el segundo periodo comenzará el 1º de Abril y se cerrará el 31 de Julio.
Asimismo el inició de las funciones del Ejecutivo del Estado y de los ayuntamientos iniciaran el 1° de noviembre del año de la elección, reduciendo a la mitad el tiempo de espera del Gobernador, los presidentes municipales, los síndicos procuradores y los regidores electos para asumir sus cargos.
Por lo que hace a la función fiscalizadora del Congreso y su Auditoría Superior del Estado, se hace explícita la obligación de que los órganos constitucionales autónomos y cualquier persona o agrupación que reciba y aplique recursos públicos, esté obligada a la presentación de informes, lo cual terminará con una omisión constitucional prevaleciente hasta la fecha.
Se propone dotar de mayores atribuciones a la ASE, para que sea este órgano fiscalizador quien presente las denuncias o querellas en contra de los servidores públicos que incurran en responsabilidades derivadas de la aplicación de los recursos públicos. En este sentido, plantea reformar y adicionar el artículo 155 constitucional, para homologarlo con el numeral 134 de la Carta Magna.
Modificar el formato para el informe de Gobierno, combinando el envió del informe por escrito y la comparecencia del Titular del Poder Ejecutivo. La presentación por escrito sería el 1° de octubre de cada año y la comparecencia en Sesión Solemne se realizaría el 20 de octubre de cada año.
De la misma forma, establece explícitamente la facultad del Congreso para elegir a los Magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, ya que a la fecha se limita a su ratificación. Se propone facultar al Congreso para ratificar el nombramiento del Secretario General de Gobierno que realice el titular del Poder Ejecutivo.
También las facultades propuestas, se ven reforzadas al atribuirle la designación del Procurador General de Justicia, a través de un procedimiento que se establecerá en su oportunidad mediante sendas reformas a la Ley de Seguridad Pública y a la Ley Orgánica del Ministerio Público, en el que tendrán participación el Consejo Estatal de Seguridad, órgano ciudadano que continuará expidiendo la convocatoria para la elaboración de la terna; el titular del Poder Ejecutivo, quien revisará la terna y, de encontrarla correcta y suficiente, la remitirá al Congreso del Estado, o de no encontrarse satisfecho con la misma, regresarla y solicitar al Consejo la elaboración de una nueva.
Estas son algunas de las reformas planteadas en la iniciativa, que se turnó a la Secretaría para la segunda lectura de Reglamento.