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Denuncias por presuntas extorsiones en El Carrizo y Las Brisas, así como el reciente caso de una pareja que afirmó haber sido despojada de mil 400 dólares en un aparente retén en Sonora, reavivan una pregunta que las autoridades federales deben responder: quién opera los puntos de revisión y bajo qué facultades.
Ahome, Sinaloa.— Viajar por las carreteras de Sinaloa y Sonora se ha convertido para algunos ciudadanos en una experiencia marcada no solamente por el temor a la delincuencia, sino también por la incertidumbre frente a determinados puntos de revisión.
Las denuncias públicas existen. En julio de este año se hicieron señalamientos sobre presuntas extorsiones en un retén ubicado sobre la carretera México 15, rumbo a El Carrizo. El alcalde de Ahome, Antonio Menéndez de Llano Bermúdez, reconoció entonces que el asunto correspondía a autoridades federales y manifestó que debían escucharse las quejas de los viajeros.
Las Brisas tampoco es un punto nuevo en la polémica. En octubre de 2023 se denunciaron públicamente presuntos actos de corrupción, extorsiones y la participación de personas conocidas como “madrinas” en revisiones realizadas en esa zona.
Pero hay una circunstancia que obliga a no simplificar el problema: la propia FGR documenta que sus agentes han efectuado acciones derivadas de investigaciones y denuncias en Las Brisas. Tan sólo en 2026 reportó detenciones en ese punto relacionadas con armas y cargadores.
Entonces, el debate no consiste en afirmar que cualquier intervención policial en carretera es ilegal. La cuestión es otra: ¿qué autoridad instala cada punto, qué facultades tiene, bajo qué supuesto jurídico revisa a los viajeros y quiénes son todas las personas que participan?
El antecedente de 2020
Existe además un antecedente que vuelve indispensable una explicación de la Fiscalía General de la República.
El 8 de junio de 2020, la Coordinación de Métodos de Investigación Criminal de la FGR emitió una circular para ordenar a integrantes de la Policía Federal Ministerial abstenerse de establecer filtros de revisión o retenes en carreteras federales, zonas fronterizas, aeropuertos y otras vías de comunicación.
La instrucción contemplaba excepciones ante flagrancia o indicios relacionados con delitos dentro de investigaciones previamente iniciadas y registradas.
Más delicado aún: documentos conocidos entonces señalaban que la Guardia Nacional había sido instruida para reportar puntos de inspección de la FGR, debido a información sobre la utilización de personas ajenas a la institución, conocidas en la jerga policial como “madrinas”.
Seis años después, la pregunta sigue vigente.
¿Quiénes son las personas que participan actualmente en las revisiones?
¿Son todos servidores públicos?
¿Están plenamente identificados?
¿A qué institución pertenecen?
¿Pueden revisar equipajes, vehículos y pertenencias?
¿Existe una investigación que justifique cada intervención?
Sonora enciende nuevamente la alerta
El problema trasciende Sinaloa.
Este septiembre, una pareja de adultos mayores denunció públicamente que fue despojada de mil 400 dólares durante una supuesta revisión en un aparente retén sobre la carretera Federal 15, a la altura de Santa Ana, Sonora.
La Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora abrió una investigación a partir del conocimiento público del caso. Hasta el reporte del 21 de septiembre todavía no existía una denuncia formal de las víctimas y la autoridad buscaba localizarlas para establecer las circunstancias e identificar a los posibles responsables.
Ese matiz importa.
Todavía debe determinarse quiénes participaron y si efectivamente se trataba de servidores públicos. Pero precisamente por eso el episodio resulta preocupante: un ciudadano que circula por una carretera debería poder distinguir con absoluta claridad cuándo se encuentra frente a una autoridad legítima.
La seguridad no es un cheque en blanco
El artículo 16 constitucional establece límites a los actos de molestia de la autoridad sobre las personas y sus posesiones.
Eso no significa que las fuerzas de seguridad carezcan de facultades para intervenir ante flagrancia, investigaciones u otros supuestos previstos por la ley. Significa que cualquier actuación debe tener fundamento jurídico y respetar los derechos de los ciudadanos.
La existencia de operativos legítimos tampoco invalida las denuncias por posibles abusos. Ambas cosas pueden coexistir y precisamente corresponde a las instituciones investigar cada señalamiento.
Porque una cosa es perseguir delitos.
Otra, muy distinta, convertir una carretera en territorio donde el ciudadano no sabe quién lo está revisando ni por qué.
La FGR tiene algo que explicar
La Fiscalía General de la República debería aclarar públicamente qué puntos de revisión opera actualmente en Sinaloa, cuáles corresponden a la Policía Federal Ministerial y bajo qué supuestos se realizan las inspecciones.
Pero hay una pregunta todavía más importante: si existen personas ajenas a las instituciones participando en esas tareas, ¿quiénes son y qué facultad tienen para intervenir?
La respuesta no puede quedar en rumores ni en denuncias dispersas en redes sociales.
Si servidores públicos participan en extorsiones o despojos, los hechos deben investigarse y, en su caso, sancionarse.
Si delincuentes están utilizando retenes falsos o aparentando pertenecer a instituciones oficiales, la gravedad es igualmente evidente.
Y si los puntos son legales y están plenamente justificados, las autoridades también deberían transparentarlo.
Porque una carretera segura no puede medirse por el número de hombres armados que encuentra un ciudadano durante el trayecto.
Se mide por algo mucho más elemental: poder viajar sabiendo que quien porta un uniforme representa verdaderamente al Estado, que su actuación está sujeta a la ley y que nadie podrá utilizar la autoridad —real o simulada— para convertir un viaje en un acto de miedo.
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