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¿Te prestaron dinero? SAT puede pedirte informar la operación si alcanza los 600 mil pesos

Prestar o recibir dinero de familiares y amigos no está prohibido ni necesariamente genera impuestos; sin embargo, cuando los préstamos reci...



Prestar o recibir dinero de familiares y amigos no está prohibido ni necesariamente genera impuestos; sin embargo, cuando los préstamos recibidos alcanzan determinados montos durante el año, existen obligaciones fiscales que deben atenderse para evitar aclaraciones y posibles sanciones.

Ciudad de México.- Recibir dinero prestado de un familiar, amigo o conocido es una práctica común y, por sí misma, no significa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) vaya a cobrar impuestos o imponer una multa.

Sin embargo, cuando las cantidades son elevadas, la legislación fiscal mexicana establece obligaciones de información que los contribuyentes deben conocer, especialmente cuando los recursos recibidos por concepto de préstamos alcanzan 600 mil pesos o más durante un mismo ejercicio fiscal.

El punto es particularmente importante porque una transferencia bancaria de gran cantidad puede requerir que el contribuyente demuestre posteriormente cuál fue el origen de esos recursos.

Por ello, más que evitar transferencias o préstamos entre particulares, la clave está en documentar correctamente la operación y cumplir las obligaciones fiscales que correspondan.

¿Desde qué cantidad debe informarse un préstamo?

La legislación establece obligaciones relacionadas con los préstamos recibidos cuando éstos, individualmente o en conjunto, exceden de 600 mil pesos dentro del ejercicio fiscal.

Esto significa que no necesariamente tiene que tratarse de una sola transferencia.

Si una persona recibe varios préstamos durante el año y éstos, considerados en conjunto conforme a las disposiciones fiscales aplicables, superan el monto establecido, puede surgir la obligación de informar a la autoridad.

Por ejemplo, recibir 300 mil pesos en una operación y posteriormente otros 350 mil pesos podría colocar al contribuyente dentro del supuesto que requiere atención fiscal, dependiendo de las características de las operaciones.

¿Un préstamo de 600 mil pesos paga impuestos?

No necesariamente.

Uno de los puntos que suele generar mayor confusión es considerar que todo depósito bancario representa automáticamente un ingreso por el cual debe pagarse Impuesto Sobre la Renta.

Un préstamo real y debidamente acreditado no se convierte automáticamente en una ganancia, porque existe la obligación de devolver esos recursos.

El problema puede presentarse cuando el SAT detecta cantidades relevantes y el contribuyente no cuenta con elementos suficientes para demostrar que efectivamente se trató de un préstamo.

En esas circunstancias, la autoridad podría solicitar información y documentación para conocer el origen de los recursos.

El contrato puede convertirse en tu mejor respaldo

Si alguien presta una cantidad importante de dinero a un familiar o amigo, hacerlo únicamente mediante un acuerdo verbal puede complicar una eventual aclaración.

Por ello resulta conveniente conservar documentos que permitan demostrar la naturaleza de la operación.

Entre ellos pueden encontrarse un contrato de mutuo o préstamo, comprobantes de las transferencias bancarias, estados de cuenta y cualquier otro documento que permita relacionar claramente el dinero recibido con la obligación de devolverlo.

También es recomendable que los movimientos bancarios sean congruentes con lo establecido en los documentos que respaldan la operación.

Mientras mayor sea la cantidad involucrada, más importante resulta conservar evidencia.

¿El SAT multa por prestar dinero a un familiar?

No por el simple hecho de hacerlo.

La legislación mexicana no prohíbe los préstamos entre familiares, amigos o particulares, ni establece una multa automática porque una persona transfiera dinero a otra.

Las posibles sanciones aparecen cuando existe una obligación fiscal de presentar determinada información y el contribuyente la incumple, la presenta fuera del plazo correspondiente o proporciona información incorrecta.

Los artículos 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación contemplan infracciones y sanciones relacionadas con el incumplimiento de declaraciones, solicitudes, avisos e información requerida por las disposiciones fiscales.

Por ello, afirmar que “el SAT multa con 35 mil pesos por prestar dinero” puede resultar engañoso: la posible sanción deriva del incumplimiento de una obligación fiscal, no del préstamo mismo.

¿Y si el dinero me lo regala un familiar?

Aquí existe otra diferencia importante.

Un préstamo supone que el dinero deberá devolverse, mientras que un donativo implica que los recursos son entregados sin obligación de reintegrarlos.

El tratamiento fiscal puede ser diferente dependiendo de quién entrega el dinero, quién lo recibe, el parentesco existente y el monto involucrado.

Por ello no es recomendable presentar ante la autoridad un donativo como préstamo —o viceversa— únicamente para justificar una transferencia.

La documentación debe corresponder con lo que realmente ocurrió.

SAT puede pedir que acredites de dónde salió el dinero

El principal riesgo de manejar cantidades elevadas sin documentación aparece cuando existe una discrepancia entre los ingresos declarados por una persona y los depósitos o movimientos que registra en sus cuentas.

Si el contribuyente sostiene que determinado recurso corresponde a un préstamo, deberá estar en condiciones de demostrarlo.

De ahí la importancia de conservar contratos, transferencias, estados de cuenta y demás elementos relacionados con la operación.

No significa que cada transferencia entre familiares sea investigada ni que exista una multa automática por recibir dinero.

La diferencia está en poder explicar y acreditar correctamente de dónde provienen los recursos y por qué fueron recibidos.

Entonces, ¿qué debes hacer si te prestan una cantidad elevada?

Antes de realizar una operación importante, conviene verificar qué obligación fiscal corresponde al caso concreto y, cuando resulte necesario, buscar asesoría de un contador o especialista fiscal.

Pero existe una regla sencilla que puede evitar muchos problemas:

Si vas a prestar o recibir una cantidad importante de dinero, no dejes la operación únicamente de palabra.

Documentar el préstamo, conservar las transferencias y cumplir oportunamente las obligaciones informativas aplicables puede marcar la diferencia entre una operación perfectamente justificable y un movimiento bancario que posteriormente requiera explicaciones ante el SAT.

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