Se acerca la fecha límite para que las empresas realicen el reparto de utilidades; es decir, cuando todos los trabajadores de planta o even...
Se acerca la fecha límite para que las empresas realicen el reparto de utilidades; es decir, cuando todos los trabajadores de planta o eventuales, incluidos aquellos que laboraron el año anterior al servicio de uno o más empleadores reciben este pago.
Recuerda que el reparto de utilidades es un derecho establecido en el artículo 123 de la Constitución mexicana, regulado por la Ley Federal del Trabajo, por lo que las empresas están obligadas a otorgar este monto, que es una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que las excepciones para recibir reparto de utilidades son las personas que ocupan puestos directivos, principalmente.
El método para realizar el reparto de utilidades consiste en repartir 10 por ciento sobre la renta gravable que haya manifestado la empresa en su declaración anual.
… Pero, ¿qué pasa si la empresa se declara sin ganancias?
De acuerdo con el Artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo, si tu patrón se declara sin ganancias debe:
Entregar a los trabajadores una copia de la presentación de su declaración anual, dentro de un plazo de 10 días, contando a partir de la fecha de la presentación de la misma.
Además debes considerar que los anexos que debe presentar la compañía a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público quedarán a disposición de los trabajadores durante 30 días en las oficinas de la empresa y en la propia dependencia.
Es fundamental indagar si en verdad el patrón no ha obtenido utilidad a repartir, por lo que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo recomienda tener a la vista las declaraciones de cada uno de los años fiscales anteriores para corroborar si no ha existido cantidad líquida a repartir.
¿Puedo denunciar que no me dieron utilidades este 2022?
En caso de que una persona no reciba las utilidades este 2022, siempre que su patrón no esté en la lista de aquellos que no están obligados, puede denunciar la falta de este derecho, aseguró el SAT.