El Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito resolvió que es improcedente suspender la reingeniería financiera aplicada por la ...
Culiacán, Sinaloa.– El amparo promovido por un grupo de jubilados contra la reingeniería financiera de la Universidad Autónoma de Sinaloa fue declarado improcedente por el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Segundo Circuito, resolución emitida el pasado 12 de febrero de 2026.
De acuerdo con la información disponible, poco más de 100 jubilados de la UAS promovieron juicios de amparo argumentando una supuesta reducción arbitraria de su salario derivada de la reingeniería financiera implementada por la institución. En su momento, jueces de amparo admitieron las demandas y concedieron suspensiones provisionales para frenar la aplicación de los ajustes, al considerar que podría existir un descuento indebido.
Tras ser notificada de dichas suspensiones, la administración universitaria interpuso un recurso de queja, señalando que los jueces resolvieron con base en información incorrecta sobre la naturaleza del procedimiento aplicado a los jubilados. Dicho recurso fue analizado bajo el expediente 28/2026.
En su resolución, el Tribunal Colegiado determinó que el recurso de queja presentado por la UAS era fundado, al concluir que no era procedente suspender la aplicación de la reingeniería financiera. En el fallo se establece que los ajustes no constituyen descuentos arbitrarios, ya que se realizaron mediante un procedimiento laboral con apego a la Ley Federal del Trabajo y a las disposiciones del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Asimismo, los magistrados consideraron que mantener la suspensión provisional afectaría el interés colectivo, al poner en riesgo la viabilidad financiera de la universidad y, con ello, la continuidad de los servicios de educación superior que se brindan a miles de estudiantes sinaloenses.
Si bien el juicio de amparo aún no ha sido resuelto en el fondo, se anticipa que sea desestimado, al tratarse de un conflicto de naturaleza laboral que no configura una violación a derechos humanos, conforme al análisis realizado por el órgano colegiado.
Con esta resolución, la Universidad Autónoma de Sinaloa queda legalmente facultada para continuar con la aplicación de su reingeniería financiera.
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