La Comisión de Hacienda del Congreso del Estado avaló por unanimidad reformas a la Ley de Movilidad Sustentable y a la Ley de Hacienda para ...
La Comisión de Hacienda del Congreso del Estado avaló por unanimidad reformas a la Ley de Movilidad Sustentable y a la Ley de Hacienda para establecer la Licencia de Manejo Permanente para automovilistas y motociclistas, con un costo equivalente a 18 UMAS.
Culiacán, Sinaloa.– La Comisión de Hacienda Pública y Administración del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó por unanimidad el dictamen que reforma y adiciona la Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, así como la Ley de Hacienda, con el fin de establecer la Licencia de Manejo Permanente para automovilistas y motociclistas, cuyo costo será equivalente a 18 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
El dictamen fue avalado por las y los diputados Ambrocio Chávez Chávez, Víctor Antonio Corrales Burgueño, Erika Rubí Martínez Rodríguez y Rita Fierro Reyes, quienes integran la comisión en calidad de presidente y vocales.
La propuesta legislativa se integró a partir de dos iniciativas: una presentada por el gobernador Rubén Rocha Moya y otra por el Grupo Parlamentario del PAN en la actual Legislatura.
Con las reformas aprobadas se modifican los artículos 361, párrafo segundo, y 367, además de adicionarse los párrafos tercero, cuarto y quinto al artículo 61 de la Ley de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, con el objetivo de regular las distintas modalidades y vigencias de las licencias de conducir.
El dictamen establece que la licencia de chofer tendrá una vigencia máxima de cuatro años; la de aprendiz, hasta dos años; y la de conductor de servicio público de transporte, un año como máximo. En el caso de automovilistas y motociclistas, las licencias podrán expedirse con vigencia determinada o bajo la modalidad permanente; la primera con una duración máxima de cuatro años.
Asimismo, se precisa que la modalidad permanente solo podrá otorgarse mediante programas especiales definidos por la autoridad competente, los cuales deberán establecer condiciones, requisitos, evaluaciones, vigencia operativa y costos, conforme a la ley, su reglamento y disposiciones administrativas aplicables.
El dictamen aclara que la licencia de conducir permanente no estará sujeta a renovación periódica, sin perjuicio de las facultades de la autoridad para suspenderla, revocarla o cancelarla en casos de infracciones graves, reincidencias o resoluciones judiciales, sin que su carácter permanente genere derechos adquiridos.
En lo correspondiente a la Ley de Hacienda, se establece que el costo de la licencia permanente para automovilistas y motociclistas será de 18 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente.
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