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La modificación constitucional fue avalada por al menos 14 ayuntamientos del estado y armoniza la legislación local con la reforma federal publicada en 2025.
Culiacán, Sinaloa.– El Congreso del Estado de Sinaloa declaró este martes formal y constitucionalmente incorporada la reforma a la Constitución Política del Estado relacionada con simplificación administrativa, digitalización de trámites y mejora regulatoria.
Durante la Sesión Ordinaria de este 5 de mayo de 2026, el presidente de la Mesa Directiva, el diputado Rodolfo Valenzuela Sánchez, realizó la declaratoria con base en el acuerdo emitido por la Junta de Coordinación Política, el cual acreditó el voto aprobatorio de al menos 14 ayuntamientos de la entidad.
La reforma corresponde al Decreto Número 397, mediante el cual se modifica el artículo 3 y se incorpora el Capítulo VIII denominado “De la Reforma Regulatoria”, incluyendo el artículo 109 Bis C del Título Cuarto de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.
Estas modificaciones tienen como propósito armonizar la Constitución local con la reforma federal publicada el 15 de abril de 2025 en el Diario Oficial de la Federación en materia de simplificación administrativa y digitalización de servicios y trámites gubernamentales.
Asimismo, contempla el fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas y la implementación de buenas prácticas regulatorias en la administración pública estatal y municipal.
Las reformas habían sido aprobadas previamente por el Pleno del Congreso el pasado 16 de abril y posteriormente fueron remitidas a los 20 ayuntamientos de Sinaloa para su análisis y votación correspondiente.
De acuerdo con el informe presentado por la Junta de Coordinación Política, los ayuntamientos que emitieron su aprobación dentro del plazo legal fueron Sinaloa, Ahome, Badiraguato, Guasave, Mocorito, El Fuerte, Mazatlán, San Ignacio, Culiacán, Rosario, Escuinapa, Salvador Alvarado, Juan José Ríos y Navolato.
El acuerdo también señala que los municipios de Angostura, Eldorado, Elota, Cosalá, Concordia y Choix aún no remiten formalmente su voto; sin embargo, al haberse alcanzado las dos terceras partes requeridas, la declaratoria puede emitirse conforme a las disposiciones constitucionales vigentes.
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