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GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA

Acuerdan límites de financiamiento privado y lineamientos para postular candidaturas comunes

Culiacán, Sinaloa.- El Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) aprobó dos acuerdos en su undécima sesión de Consejo General, el ...

Culiacán, Sinaloa.- El Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) aprobó dos acuerdos en su undécima sesión de Consejo General, el primero de ellos para determinar los límites del financiamiento privado que podrán recibir los partidos políticos durante el ejercicio 2018 por sus militantes; simpatizantes, precandidatos y candidatos, así como el límite individual de las aportaciones de simpatizantes; y el segundo, donde se avalan los lineamientos que deberán acatar los partidos políticos para la postulación de candidaturas comunes durante el proceso electoral local 2017-2018. 

Con respecto al financiamiento privado, el Pleno precisó que este 2018 por aportaciones de militantes, en dinero o en especie, la ley señala que es el 2% del financiamiento público otorgado a la totalidad de los partidos políticos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias y precampañas en el año de que se trate, lo cual corresponde a la cantidad de $2,199,146.74. 

Respecto de las aportaciones de simpatizantes, en dinero o en especie, será del 10% del tope de gasto para la elección de Gobernador inmediata anterior siendo la cantidad de $3’776,252.00; mientras que lo relativo a las aportaciones del conjunto de los precandidatos y candidatos de cada partido político en dinero o en especie, de igual forma será del 10% del tope de gasto para la elección de Gobernador inmediata anterior, resultando también en un monto de $3’776,252.00. 

A su vez, el límite individual de aportaciones de militantes y simpatizantes, en dinero o en especie, que cada partido político podrá recibir para el Proceso Electoral Local 2017-2018 será el 0.5 % del tope de gasto para la elección de Gobernador inmediata anterior, es decir, la cantidad de $188,812.60 

En cuanto a las candidaturas comunes y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa (LIPEES), se establece que corresponde a los partidos políticos, coaliciones y a las y los ciudadanos el derecho de solicitar el registro de candidaturas a cargos de elección popular en el Estado; de la misma manera se establece que dos o más partidos pueden postular y registrar al mismo candidato, fórmula, planilla o lista de candidatos, pero para ello es indispensable el consentimiento de éstos. 

Se precisa además que es constitucional la regla para la asignación de diputaciones locales e integrantes de los Ayuntamientos por la vía de representación proporcional, pero estableciendo que no se computan los votos totales obtenidos en candidatura común, sino en lo individual para cada partido político; porque de esta manera se podrá determinar correctamente la fuerza electoral con que cuenta cada partido y, en consecuencia, su representatividad. 

Aprueban en Segunda sesión especial informe financiero 2017 del IEES 

En segunda sesión especial, el Pleno del Consejo General aprobó el informe financiero correspondiente al año 2017, que presentó la Consejera Presidenta de este Instituto, Karla Gabriela Peraza. 

En su exposición, la titular del IEES informó que durante el ejercicio 2017 el órgano electoral tuvo un egreso de 58, 077,169.90 pesos, el cual incluye gastos de operación de oficina central, el inicio de operaciones de los 24 Consejos Distritales y 12 Consejos Municipales, así como todos los materiales e insumos necesarios para la instalación del Proceso Electoral Local 2017-2018; la ejecución de Programas de Educación Cívica, tales como: Parlamento Infantil, Elecciones Juveniles Escolares, Teatro Guiñol y Liderazgo Electoral para Jóvenes; así como actividades de Participación Ciudadana. 

Avalan en cuarta sesión extraordinaria ubicación de los Centros de Acopio y Transmisión de Datos y los Centros de Captura y Verificación 

En cuarta sesión extraordinaria, el Pleno aprobó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa, mediante el cual se determinan la ubicación de los Centros de Acopio y Transmisión de Datos (CATD) y de los Centros de Captura y Verificación (CCV), y por el que se instruye a los Consejos Distritales Electorales y Consejos Municipales Electorales de este Instituto, a dar seguimiento y supervisión a los trabajos de implementación y operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) para el Proceso Electoral local 2017-2018. 

El Pleno avaló que le corresponde al IEES determinar la ubicación de los CATD y, en su caso de los CCV, así como adoptar las medidas correspondientes para adecuar los espacios físicos de las instalaciones, con el objetivo de garantizar la adecuada fluidez de la información y su procesamiento de manera expedita. 

De tal forma, que en este proceso electoral se instalarán treinta y dos CATD, cuyas sedes serán las instalaciones de los veinticuatro Consejos Distritales Electorales, así como las de los Consejos Municipales Electorales ubicados en los municipios de Choix, Angostura, Badiraguato, Navolato, Cosalá, San Ignacio, Concordia y Escuinapa, mismas sedes en que se instalarán los CCV.

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