La fiscal general Ernestina Godoy informó que la conductora fue detenida por autoridades migratorias estadounidenses y es requerida en Méxic...
La fiscal general Ernestina Godoy informó que la conductora fue detenida por autoridades migratorias estadounidenses y es requerida en México por presuntos delitos de delincuencia organizada, lavado de dinero y defraudación fiscal equiparada.
Ciudad de México.— La titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Ernestina Godoy, informó este lunes 2 de noviembre de 2026 sobre la detención de la conductora de televisión Inés Gómez Mont, ocurrida el pasado 30 de octubre en Florida, Estados Unidos, por parte de autoridades migratorias de ese país.
Mediante un mensaje difundido públicamente, la fiscal general explicó que Gómez Mont cuenta con tres órdenes de aprehensión vigentes emitidas por jueces federales mexicanos, relacionadas con investigaciones por presuntas operaciones con recursos de procedencia ilícita, delincuencia organizada y delitos fiscales.
Godoy precisó que una de las órdenes fue solicitada por la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), mientras que las otras dos corresponden a investigaciones desarrolladas por la Fiscalía Especializada de Control Competencial.
La primera causa penal está relacionada con la presunta participación de la conductora en una estructura de delincuencia organizada dedicada a realizar operaciones con recursos de procedencia ilícita, mediante mecanismos financieros que habrían permitido desviar y triangular fondos públicos.
De acuerdo con las investigaciones referidas por la FGR, Gómez Mont presuntamente recibió recursos de origen ilícito en cuentas bancarias personales a través de un esquema que involucraba empresas consideradas fachada y contratos relacionados con el órgano administrativo encargado de la prevención y readaptación social.
Las indagatorias se encuentran vinculadas con contratos por aproximadamente 2 mil 450 millones de pesos, correspondientes a recursos destinados a servicios de seguridad dentro del sistema penitenciario federal.
La Fiscalía investiga si parte de esos recursos fue canalizada mediante operaciones financieras irregulares, en las que presuntamente participaron diversas personas físicas y morales.
En materia fiscal, las otras dos órdenes de aprehensión están relacionadas con el delito de defraudación fiscal equiparada, debido a presuntas irregularidades en las declaraciones de ingresos correspondientes a los ejercicios fiscales de 2014 y 2016.
Según lo expuesto por la fiscal general, la conductora habría declarado ingresos inferiores a los realmente obtenidos, lo que presuntamente ocasionó la omisión del pago de contribuciones por una cantidad superior a 13 millones de pesos.
Godoy explicó que, como parte de las gestiones internacionales para lograr su presentación ante la justicia mexicana, la FGR presentó en septiembre de 2025 una solicitud de detención provisional con fines de extradición, en coordinación con el Departamento de Justicia de Estados Unidos.
Sin embargo, aclaró que la detención registrada el 30 de octubre de 2026 fue ejecutada por autoridades migratorias estadounidenses y responde actualmente a la situación migratoria de Gómez Mont en ese país.
Esta circunstancia implica que su privación de la libertad no equivale, por sí misma, a la ejecución de las órdenes de aprehensión emitidas por tribunales mexicanos.
La titular de la FGR señaló que, en caso de que las autoridades estadounidenses determinen deportar a la conductora, la institución procederá a ejecutar las órdenes judiciales vigentes una vez que ingrese a territorio mexicano.
En ese supuesto, Gómez Mont sería puesta a disposición de los jueces federales que la requieren para que se desarrollen los procedimientos penales correspondientes.
La Fiscalía no precisó una fecha para su eventual traslado a México ni informó que exista una resolución definitiva sobre su situación migratoria en Estados Unidos.
Las acusaciones formuladas contra la conductora deberán ser examinadas por las autoridades judiciales competentes, bajo el principio de presunción de inocencia y con respeto a las garantías procesales que establece la legislación mexicana.
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