El dictamen aprobado plantea sancionar con una multa de 12 mil a 16 mil veces el ...
El dictamen aprobado plantea sancionar con una multa de 12 mil a 16 mil veces el salario mínimo cualquier clase de promoción de remedios herbolarios y suplementos alimenticios que induzcan al error o generen un riesgo para la salud Redacción.- Por unanimidad, el Senado de la República avaló modificar la Ley General de Salud a fin de prohibir la publicidad engañosa de los llamados "productos milagro".
El dictamen aprobado plantea sancionar con una multa de 12 mil a 16 mil veces el salario mínimo cualquier clase de promoción de remedios herbolarios y suplementos alimenticios que induzcan al error o generen un riesgo para la salud y el patrimonio de las personas.
En este sentido, los senadores determinaron que la promoción de este tipo de productos deberá incluir de forma visual o auditiva, según el medio de que se trate, la leyenda "No es un medicamento", además de las advertencias que señale la Secretaría de Salud.
De esta manera, no se podrán anunciar artículos que se ostenten como solución definitiva para la prevención, tratamiento, rehabilitación o curación de una o varias enfermedades, que exageren sus características o propiedades, se atribuyan un carácter extraordinario o pretendan sustituir la consulta o la intervención de los profesionales de la salud.
La reforma también prohíbe la publicidad que atribuya a los suplementos alimenticios propiedades preventivas, terapéuticas, curativas, rehabilitadoras, o de otra índole, así como de productos que promuevan hábitos de alimentación nocivos o pretendan sustituir el régimen de nutrición equilibrado.
Además, impedirá los anuncios de artículos que mencionen o sugieran que su uso o consumo estimula o potencia el rendimiento físico, intelectual o sexual de los individuos y no lo acrediten con la totalidad de las pruebas técnicas o científicas expresamente reconocidas por la autoridad correspondiente. |