Hernán Medina Soto señaló que los usuarios podrían hacerse acreedores a multas de hasta 6 mil 700 pesos Ahome, Sinaloa.– El artículo 80 de l...

Hernán Medina Soto señaló que los usuarios podrían hacerse acreedores a multas de hasta 6 mil 700 pesos
Ahome, Sinaloa.– El artículo 80 de la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa, señala que serán infractores o incurrirán en sanción en la fracción 14 quien emplee mecanismos para succionar agua de las tuberías de la red de agua potable, informó Hernán Medina Soto.
El Gerente de la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Ahome señaló que se ha hecho común la instalación de bombas en la toma principal para succionar con mas presión el agua de las tuberías, sin embargo, es una acción que genera afectaciones a la red y los usuarios responsables de estas tomas serán acreedores a multas que pueden alcanzar los 6 mil 700 pesos.
“La instalación de bombas no está autorizado por la Ley de Agua Potable y Alcantarillado de Sinaloa. Por esta acción los usuarios pudieran hacerse acreedores a una multa de hasta 45 salarios mínimos”, explicó.
Medina Soto explicó que esta medida es con la finalidad de evitar lo mas posible afectaciones a la red de agua ya que esto deriva en baja presión para los vecinos que viven alrededor del usuario que tiene instalado estos artefactos.
“Provoca un daño en la infraestructura hidráulica de la red principal, además dejas al vecino sin agua, generas mayor cantidad de volumen de aire en la red y fugas de agua”, explicó.
Hernán Medina Soto, aclaró que no se trata de una medida recaudatoria, sino que la intención es generar conciencia entre los usuarios sobre todo en esta etapa crítica que se vive por la sequía.