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Esto con la intensión de reclasificar el delito de homicidio doloso a culposo. PGJE cometió error de apreciación: Gabriel Peña González Culiacán, Sin.- La defensa de Jesús Alfredo Cuén Lazcano interpuso el recurso de apelación para que el Tribunal de alzada del circuito zona centro valore el expediente y pueda clasificar el delito de doloso a culposo. Cabe señalar que la Procuraduría General de Justicia este miércoles también recurrió a este beneficio que otorga la ley. Ver nota en la Web El abogado defensor Marco Aguirre señaló que es indudable que en los hechos Jesús Alfredo Cuén Lazcano se le disparó el arma que portaba y ocasionó el fallecimiento de Cynthia Valenzuela, pero en el expediente que ellos han conformado los hechos no ocurrieron de forma dolosa como lo ha calificado la Fiscalía. "Pues la idea aquí por parte de la apelación es para efecto de que se modifique. No podemos negar que fue Alfredo quien en un momento dado se le disparó la pistola y ocasionó la muerte de Cynthia, no, pero en este caso las condiciones en que se dio el evento es muy distinta a lo que se está señalando por parte de la Fiscalía". "…y la idea de que lo revise el tribunal de alzada de la sala de circuito que verifique realmente cómo están las cosas y en su momento que resuelva y tener confianza en las autoridades que la idea de nosotros es que se aclaren las cosas por el bienestar de todos", dijo. -¿Y que se tipifique como culposo? "Son las intenciones, es lo que trae el expediente a juicio de nosotros". Explicó que ahora se estará a la espera de la valoración del magistrado de alzada a quien se le entregaron los fundamentos jurídicos y tendrá la oportunidad de examinar el expediente 261/2012, donde obran todas las probanzas de este caso del sobrino de Héctor Melesio Cuén Ojeda. PGJE cometió error de apreciación: Gabriel Peña González Para Gabriel Peña González, presidente del Colegio de Licenciados en Derecho Clemente Vizcarra Franco, la Procuraduría General de Justicia del Estado cometió un error de apreciación al clasificar como feminicidio la privación de la vida de la joven Cynthia Valenzuela a manos de Jesús Alfredo Cuén Lazcano, ya que no se tenían todos los elementos para etiquetarlo como tal. "Es un error de apreciación de la institución del Ministerio Público ejercitar acción penal en esas circunstancias, porque no toma en cuenta determinados elementos convictivos, elementos de prueba suficientes para poder haberlo consignado". "…esta reclasificación es válida dentro del sistema penal, pero si se hubiera sostenido el feminicidio, probablemente en sentencia hubiera sido absolutoria porque no hubieran acreditado elementos de feminicidio", explicó. Agregó que de haber etiquetado como feminicidio el hecho y después determinarse sentencia absolutoria, la PGJE hubiera quedado muy mal parada. Por otra parte, Peña González destacó que en el caso de la señora Verónica Castro, quien falleciera tras dar a luz trillizos tras presunta negligencia, sus familiares tendrían que interponer una denuncia ante el Ministerio Público Federal para que intervenga un perito y se emita un dictamen de lo que ocurrió. "Lo más indispensable es que a través de un dictamen pericial forense emita la opinión técnica correspondiente para determinar si efectivamente esto ocurrió o no fue de esa manera, y eso obviamente solamente tendrá que ser a través de la institución de investigación que correspondería a través del Ministerio Público", mencionó. Finalmente, precisó que la denuncia tendría que ser por la vía penal para determinar la responsabilidad profesional médica, y por la vía civil para ver lo relativo a la reparación del daño, por lo que aún se encuentran en tiempo para realizar la denuncia. IR |
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