Mazatlán, Sinaloa.- La presunta violencia política en razón de género cometida por el síndico de Villa Unión, Jesús Antonio Bermúdez Lizárra...
Mazatlán, Sinaloa.- La presunta violencia política en razón de género cometida por el síndico de Villa Unión, Jesús Antonio Bermúdez Lizárraga, contra la presidenta municipal de Mazatlán, ha dado pie a un análisis sobre los procesos legales que podrían derivar en una denuncia formal ante las instancias correspondientes.
La denuncia se estaría basando en los recientes hechos ocurridos, donde el síndico habría convocado a una conferencia de prensa y quienes acudieron con el realizaron comentarios y actitudes discriminatorias contra la funcionaria mazatleca.
Este tipo de violencia, tal como lo establece la Ley General en Materia de Delitos Electorales, constituye un delito cuando se busca obstaculizar, limitar o anular el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres.
El artículo 7 de esta ley define claramente los actos que pueden constituir violencia política, como cualquier conducta que impida el ejercicio pleno de los derechos políticos de las mujeres. En este sentido, las acciones del síndico de Villa Unión podrían estar infringiendo esta normativa.
Adicionalmente, el Código Penal Federal, en su artículo 400 Bis, sanciona con penas de prisión a quienes cometen actos de violencia política en razón de género.
Este artículo establece que aquellos que realicen acciones de hostigamiento, amenazas o agresiones verbales en el ámbito político contra mujeres pueden ser castigados con prisión, lo que refuerza el sustento legal de una posible denuncia.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 20, también aborda la violencia política, reconociéndola como un acto que afecta directamente la participación política de las mujeres.
En este caso, los comentarios y acciones del síndico hacia la presidenta de Mazatlán podrían configurarse como una manifestación de esta violencia, afectando su derecho a ejercer sus funciones sin ser objeto de discriminación.
Por otro lado, el Partido Acción Nacional (PAN), partido al que pertenece Bermúdez Lizárraga, ha sido señalado por su falta de acción ante los hechos. A pesar de que se cometió un delito, se ha informado que el PAN sólo optará por realizar un "jalón de orejas" al síndico, sin tomar medidas más severas ante la gravedad de la situación.
Este tipo de reacciones por parte del partido ha generado cuestionamientos sobre la seriedad con que se aborda la violencia política en razón de género, especialmente cuando la ley establece sanciones claras para proteger a las mujeres en la política.
Con base en estos antecedentes, las autoridades pertinentes deberán evaluar si las acciones del síndico constituyen violencia política en razón de género y, en su caso, proceder con las sanciones legales correspondientes.
La denuncia ante las instancias judiciales podría ser un paso fundamental para garantizar la igualdad y el respeto en el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres en Sinaloa.
Mínimo esto amerita una disculpa pública por el comportamiento que se tuvo, sin razón y al calor de la efervescenica política, sin justificación.