Culiacán, Sinaloa.- El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó este martes reformas, adiciones y derogaciones a la Constitución Política de Si...
Culiacán, Sinaloa.- El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó este martes reformas, adiciones y derogaciones a la Constitución Política de Sinaloa en materia del Poder Judicial para armonizarla con la correspondiente reforma federal, en las que se contempla la elección y reelección de jueces y magistrados, y que atiende los principios democráticos, de inclusión, pluralidad, competencias técnicas, funcionales y otros.
Entre los principales aspectos de esta modificaciones resaltan los siguientes:
*Desaparece el Consejo de la Judicatura del Estado para dividir sus funciones en un órgano de administración judicial y un Tribunal de Disciplina Judicial;
*Las Magistradas y Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia serán electos mediante el voto directo y secreto de la ciudadanía, conforme a las bases que se establecen en la Constitución local y las leyes en la materia para un período de 9 años y podrán reelegirse.
*Para el caso de Magistradas y Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, la elección se realizará a nivel estatal conforme al procedimiento anterior y en los términos que dispongan las leyes. El Poder Ejecutivo postulará por conducto de su titular hasta tres personas aspirantes por cada cargo; el Poder Legislativo postulará hasta tres personas por cada cargo, mediante votación calificada de dos tercios de sus integrantes presentes, y el Poder Judicial del Estado, por conducto del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, postulará hasta tres personas por cada cargo.
*Las Magistradas y Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, las Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial y Juezas y Jueces de Primera Instancia, serán elegidos de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía el día que se realicen las elecciones estatales ordinarias del año que corresponda.
*Los Poderes establecerán mecanismos públicos, abiertos, transparentes, inclusivos y accesibles que permitan la participación de todas las personas interesadas que acrediten los requisitos establecidos en esta Constitución y en las leyes, presenten un ensayo de tres cuartillas donde justifiquen los motivos de su postulación y remitan cinco cartas de referencia de sus vecinos, colegas o personas que respalden su idoneidad para desempeñar el cargo;
*Se establece la obligatoriedad de observar la paridad de género en la conformación de todos los órganos del Poder Judicial del Estado;
*La etapa de preparación de la elección estatal correspondiente iniciará con la primera sesión que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa celebre en los primeros siete días del mes de septiembre del año anterior a la elección.
*Para todos los cargos de elección dentro del Poder Judicial estará prohibido el financiamiento público o privado de sus campañas, así como la contratación por sí o de interpósita persona de espacios en radio y televisión o cualquier otro medio de comunicación para promocionar candidatas y candidatos. Los partidos políticos y las personas servidoras públicas no podrán realizar actos de proselitismo ni posicionarse a favor o en contra de candidatura alguna.
*El Tribunal de Disciplina Judicial será un órgano del Poder Judicial con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones. Se integrará por tres personas electas por la ciudadanía conforme al procedimiento establecido, durarán nueve años en el cargo y serán sustituidas de manera escalonada y no podrán ser electas para un nuevo período.
Para garantizar el escalonamiento en el Tribunal de Disciplina Judicial en la elección de 2027, se establece por única ocasión se elija una Magistrat…
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