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GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA

PGR usó recursos contra Anaya y golpeó la equidad electoral: TEPJF

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el uso parcial de recursos públicos por ...



La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el uso parcial de recursos públicos por parte de la PGR, al difundir el video donde se veía al entonces candidato del PAN, Ricardo Anaya, en instalaciones de la SEIDO; también estableció que golpeó la equidad electoral.

En la sesión pública de este miércoles se estableció que hubo uso indebido de recursos públicos y que además ese tipo de hechos atentan contra la equidad de la contienda electoral, pues se realizó en el contexto de la elección presidencial de 2018.

El año pasado la PGR -hoy Fiscalía General de la República- difundió un video donde se muestra a Ricardo Anaya, entonces candidato de la coalición Por México al Frente, en las instalaciones de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO).

Ello porque Anaya presentó un escrito para que se le informara si era investigado o no por algún delito, en torno a la venta de una nave industrial.

La magistrada ponente, Janine Otálora, expuso que uno de los principios fundantes de la democracia ha sido el respeto al principio de equidad en la contienda electoral, lo que es fundamental en toda elección democrática.

En congruencia con ese principio todas las instituciones electorales, tanto administrativas como judiciales, “tenemos el deber y la obligación de cerrar cualquier resquicio a fin de que la autoridad pública, sin importar del gobierno del que se trate, intervenga en los procesos electorales”, subrayó.

En ese sentido, propuso confirmar en ese proyecto la determinación de la Sala Regional Especializada, “ya que al estudiar los diversos agravios planteados por los recurrentes se llega a la conclusión de que la vulneración al párrafo siete, del Artículo 134 constitucional, derivó del exceso en el ejercicio de atribuciones de dichos servidores públicos, quienes están y estaban obligados a observar los principios de imparcialidad y neutralidad”.

Dicho artículo establece que los servidores públicos de los tres niveles de Estado y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México tienen en todo momento la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la contienden entre los actores políticos, subrayó.


Destacó que esa Sala Superior ha sido consistente en reconocer la existencia de los principios de imparcialidad y neutralidad, y apuntó que el imperativo de neutralidad implica la prohibición de que el poder público sea utilizado para influir en los electores.

Incluso es posible advertir que en ciertos casos la conducta verdaderamente sancionable no es el uso indebido de recursos, sino la utilización de facultades atribuidas legalmente cuando ello repercute en las elecciones, precisó.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón señaló la indebida injerencia de la PGR en el proceso electoral del año pasado, y afirmó que el “Estado no debe desviar su poder de la finalidad que le establece el derecho”.

Recordó que el Partido Acción Nacional (PAN) denunció que la PGR había influido indebidamente en la campaña electoral pasada, pues mediante una conferencia y la difusión de tres boletines de prensa, uno de los cuales incluía una grabación, hacían parecer que el candidato a la Presidencia por parte de ese instituto político estaba siendo imputado de un delito.

Indicó que siempre ha sido inconstitucional utilizar el poder público de esta manera; sin embargo, recordó que por mucho tiempo en el andamiaje jurídico se tenían las herramientas necesarias para visibilizar, perseguir y sancionar el uso arbitrario de las instituciones.

Afirmó que se tienen mecanismos legales que garantizan que el Estado no puede acusar a las personas sin pruebas por razones políticas o porque se opongan a las decisiones del poder estatal, y, además, se debe respetar su presunción de inocencia.

Durante la sesión de este miércoles, los magistrados también resolvieron que el secretario de Turismo, Miguel Torruco es responsable por la difusión del video de la “Estrategia Nacional de Turismo”, que exponía al presidente de la República e incluía logotipos del Partido Morena.

“Lo que sustenta esa responsabilidad, que también viene prevista en el proyecto, es básicamente lo que establece el artículo 32, fracción I del Reglamento Interior de SECTUR, en el cual se señala que el titular de la Secretaría, es decir, el Secretario de Turismo, es quien autoriza y quien da el conocimiento a todo lo que tenga que ver con la implementación de políticas y estrategia de Comunicación Social, en lo cual por supuesto se incluye un spot”, señaló el magistrado José Luis Vargas Valdez.

El titular del Ejecutivo será informado de la falta del secretario Torruco.

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