Culiacán, Sinaloa.- Con el propósito de proteger el patrimonio de las familias sinaloenses ante posibles escenarios adversos, como crisis ...
Culiacán, Sinaloa.- Con el propósito de proteger el patrimonio de las familias sinaloenses ante posibles escenarios adversos, como crisis económicas y situaciones catastróficas, el Partido Sinaloense presentó en el Congreso del Estado dos iniciativas: las números 47 y 48, que lo coloca como el Grupo de Diputados más productivo de todo el Poder Legislativo.
En su iniciativa número 47, el PAS, propone reformas y adiciones con proyecto de decreto al Código Civil para el Estado de Sinaloa, para establecer la imprevisión contractual.
El Grupo Parlamentario del Partido Sinaloense expuso que lo anterior es un término técnico de aplicación práctica, y sumamente útil en las relaciones contractuales, ya que sirve tanto a empresas como a clientes, y su regulación atañe al órgano legislativo.
Plantearon que tal teoría se conoce en latín como cláusula "rebus sic stantibus", que en castellano quiere decir "estando así las cosas".
El Diputado Héctor Melesio Cuén Ojeda explicó que, en palabras más sencillas, significa que si las circunstancias de hecho bajo las cuales se suscribió un contrato llegasen a cambiar de manera tan significativa que afecte a las partes, esté contemplada tal situación en sus cláusulas a partir de la ley, y se pueda reclamar su revisión.
Por ejemplo, si en determinado tiempo después de firmado un contrato llegare a suceder una crisis económica generadora de alta inflación que produjera una alza desmesurada de precios y un fuerte desempleo pudiera aplicar esta legislación.
"De tal manera, agregó, que si las circunstancias de hecho serían muy distintas para ambas partes, especialmente para el deudor de los créditos otorgados a través de dicho contrato, ya sea que hayan sido para la compra de un vehículo o de una casa (crédito prendario o hipotecario), cuya situación haría impagable la deuda contraída, como sucedió con el famoso "error de diciembre" de 1994, cuyos efectos aún recienten millones de mexicanos, aquí es donde hubiese entrado a operar la teoría de la imprevisión, contenida en sus cláusulas o en la ley".
El legislador explicó que este ordenamiento, este marco jurídico, sería de mucha utilidad en el caso de personas que en su momento resultaron solventes económica y moralmente; de donde resultaron ser sujetos de crédito, y que por ello se les otorgó eventualmente uno o más, pero que, por razones macroeconómicas o circunstanciales caen en insolvencia.
En su iniciativa número 48, el PAS propone adiciones con proyecto de decreto al Código Penal para el Estado de Sinaloa, con el único objeto de tipificar como delito la cobranza ilegítima o el acoso a través de ella.
El objetivo de la presente iniciativa, explicó Cuén, es de sancionar penalmente a despachos y responsables de conductas poco convencionales y carentes de toda ética, que se dedican a la cobranza de instituciones bancarias, tiendas departamentales o de cualquier otra empresa que otorga créditos, mediante amenazas, violencia, intimidación u hostigamiento físico, o telefónico.
"Cuando pretendan cobrar el saldo de una deuda contraída; la cobranza no deberá ser fuera de los procedimientos judiciales, ni empleando amenazas, violencia, intimidación u hostigamiento reiterado, además de la sanción que corresponda, si para tal cometido se emplean documentación, sellos falsos o se usurpen funciones públicas o de profesión", advirtió.
Marco Antonio Lizárraga