Seamos claros Oliver Velasco Desde la separación del Estado y la iglesia que comenzó a partir de los ideales de la revolución francesa ha ha...
Seamos claros
Oliver Velasco
Desde la separación del Estado y la iglesia que comenzó a partir de los ideales de la revolución francesa ha habido diversos roces entre los poderes que de manera fáctica se juntan en la sociedad civil. Por un lado la iglesia siguió adoctrinando a sus fieles con la moral cristiana que implica los comportamientos de acuerdo a las creencias de la doctrina dictada por Dios en sus diversos libros canónicos, y por el otro lado, se acuño el termino secular para designar el comportamiento del buen ciudadano cuya moral más que estar basada en el dictamen de una doctrina religiosa, se encuentra basado en la razón como la fuente de la convivencia civica entre habitantes. Aunque debemos precisar que el termino secular no refiere unicamente a comportamientos, sino a cualquier actividad cultural que se deslinda de los estandares religiosos.
En este tenor la historia del país ha ido navegando por diversas controversias entre el progresismo y la moral cristina, que sin duda impactan en la legislación. Una de las fuentes de las leyes es la moral social, y lo que en ella se considera aceptable en terminos de convivencia civil. Nuestra sociedad condena prácticamente desde el inicio de los tiempo el asesinato, sin embargo, siempre se ha justificado por diversas razones: conflicto belico, ritual, defensa propia, defensa del honor, en terminos de justicia de taleon, incluso en forma de eugenecia. Pero con el advenimiento de la sociedad moderna, el uso de la violencia se vio limitado al estado y era este quien podía disponer de las vidas de sus ciudadanos. En ese sentido disponer de las vidas no sólo se refiere al derecho de muerte, sino a la forma de vida y a la concepción misma de vida.
La semana pasada se dio una vez más la confirmación del dictamen de lo que es la vida basada en el punto de vista juridico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El derecho que se aprobó no es un derecho de muerte en si, como se quisiera hacer ver desde la moral cristiana, sino más bien, un derecho de vida, en el sentido que define que es una vida y despenaliza una condena al ejercicio que parecería ser de muerte por parte de los ciudadanos. Se penaba al aborto como un delito, porque se pensaba que se estaba cometiendo un homicidio, y que no era el Estado quien lo estaba haciendo, siendo este el único ente capaz de hacerlo de manera legal.
La SCJN con la despenalización del aborto se aparta de una concepción religiosa de la definición de vida, que implica esta desde la concepción e impulsa una definición secular basada en la autonomía del sujeto, para hacerlo sujeto de derecho. Permitiendo que las mujeres con determinadas semanas de embarazo poder tener acceso a su misma corporeidad basado en la concepción de un derecho humano, pero esta definición todavía deja dudas y suspicacias respecto a ciertos temas. El principal, tiene que ver con la adopción de la sociedad de esta misma definición, que derivan en estas medidas. Muchos miembros de la sociedad todavía mantienen la moral religiosa como guía en el parámetro de su conducta y de su juicio sobre las buenas y las malas acciones. La mujeres que tienen que recurrir a estas medidas son juzgadas, aunque ya no por la ley, si por aquellos que con base en estas creencias ejercen desde ridiculización o murmullos prejuiciosos, hasta casos de exclusión social y discriminación.
En particular ante el sector de la sociedad dedicado a la medicina existe un conflicto entre la consciencia moral que dicta sus actos como profesionales y que podría presentar un conflicto entre este nuevo paradigma de vida y un derecho fundamental que todos tenemos, el de la libre conciencia. ¿Es la objeción de conciencia un derecho humano? El hecho de que la suprema corte haya despenalizado el aborto es producto de haber reconocido como derecho humano, la imposibilidad de condenar a una mujer por el ejercicio sobre su propio cuerpo, basados en una concepción donde el producto todavía no es considerado como un ser autónomo y sujeto de derechos hasta determinado tiempo de gestación, por lo que, técnicamente no se contraviene con el derecho a la vida que también es un derecho humano. Sin embargo, si el derecho sobre el cuerpo propio es un derecho humano, el derecho sobre la conciencia también tendría que serlo.
Ayer el ministro presidente argumentaba qué, la objeción de conciencia no era un derecho humano ya que no se está interrumpiendo la libertad de culto, y que una práctica religiosa qué se contraviene con el derecho de otra persona, en este caso a la interrupción del embarazo, en un estado laico debía ponerse el derecho por encima de la práctica religiosa. Otro argumento para impedir la objeción de consciencia es que el Estado tiene que garantizar el derecho a la interrupción del embarazo y con ello debe mantener el personal médico suficiente que pueda ejercer está práctica en todos los nosocomios públicos, por lo que el personal médico no puede ejercer su objeción de consciencia si no hay quienes practiquen en ese lugar.
Finalmente, dentro de los juramentos hipocrático y el de Nightingale se hace un compromiso ante la deidad para la protección de la vida y la salud, estos juramentos tienen una clara referencia religiosa y que podría vincularse por analogía a las concepciones religiosas de la vida, en particular, a las de la religión dominante judeocristiana, haciéndolos obsoletos en un estado laico. Aunque se cambiasen los juramentos, ¿No se estaría faltando a la libertad del médico de usar su mano en contra de su voluntad también? ¿No sería esto un perjuicio a su derecho sobre su cuerpo y su conciencia? La sociedad es el campo de batalla donde la moral laica y la moral religiosa se enfrentan y se seguirán enfrentando porque ante todo: el estado laico podrá ser muchas cosas, pero no es amoral.
*Profesor de la Universidad Autónoma de Sinaloa en la Facultad de Ciencias Sociales en las licenciaturas de economía y sociología. Licenciado en filosofía maestro en estudios filosóficos por la Universidad de Guadalajara, maestro en gestión pública aplicada por el Tecnológico de Monterrey campus Guadalajara. Actualmente doctorante en la Universidad Autónoma de Nayarit/ Integrante de Unidad Democrática Sinaloa.
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