México, D.F.- Con el objetivo de sentar las bases para detectar y registrar zonas en el país que pudiesen representar un peligro para ...
México, D.F.- Con el objetivo de sentar las bases para detectar y registrar zonas en el país que pudiesen representar un peligro para la población, los senadores del PRI Margarita Villaescusa Rojo, Manlio Fabio Beltrones Rivera y Fernando Castro Trenti, propusieron la creación de la Ley de Zonas de Riesgo.
Los legisladores consideraron que en México es necesaria una Ley en la materia ya que por lo general quienes construyen edificios o casas habitación, lo hacen sin una reglamentación que detecte los riesgos para el patrimonio público.
Con la Ley mencionada se crearía asimismo el Registro Nacional de Riesgos que dependería de la Secretaría de Gobernación y las correspondientes a los estados de la república, que regulan la utilización del Atlas Nacional de Riesgos.
También se crea el Inventario Nacional de Necesidades de Infraestructura con el fin de conocer y evaluar lo que debe considerarse para disminuir el riesgo a la población y su patrimonio.
Entre otras cosas, la Ley crea el Inventario Nacional de Asentamientos Humanos en Zonas de Riesgo para considerar su reubicación.
Se considerará delito federal grave todas aquellas construcciones, edificaciones, obras de infraestructura, asentamientos humanos y cualquier tipo de acción que se lleve a cabo dentro de una zona que esté inscrita en el Registro nacional de Zonas de Riesgo y no cuente con los permisos correspondientes.
Refiere que la autorización de permisos de uso de suelo o de utilización por parte de servidores públicos de cualquiera de los tres niveles de gobierno, que no cuenten con la aprobación correspondiente de la Secretaría de Gobernación, se considerará una falta grave, la cual se sancionará de acuerdo con la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos respectiva.
En el texto del articulado de la iniciativa se encuentra un artículo segundo que se refiere que mediante esta iniciativa se propone adicionar la fracción XVIII al articulado 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para calificar como delitos graves, para todos los efectos legales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad, las construcciones, edificaciones, obras de infraestructura, asentamientos humanos.
Los senadores reiteraron que con esta Ley, y su estricta observancia, se evitará poner en riesgo a la población y su patrimonio.